Para establecer si el propietario reúne los requisitos para poseer una embarcación registrada en las Islas Caimán, según la estructura de titularidad y la lista de países que reúnen los requisitos, y si el propietario tiene el título legal o tendrá el título legal en el futuro inmediato, comuníquese con la sección de Registro.
Las siguientes estructuras de titularidad reúnen los requisitos para poseer una embarcación registrada bajo la bandera de las Islas Caimán:
Individuos y copropietarios
¿Quién puede registrar una embarcación?
Los ciudadanos o individuos que posean pasaportes de un país de la Unión Europea (UE) o el Área Económica Europea (AEE) o un país que se incluya en el Tercer anexo de las normas de blanqueo de capitales de las Islas Caimán, incluidas sus dependencias de ultramar. Consulte la lista de países que reúnen los requisitos.
Los individuos que no reúnan los requisitos establecidos anteriormente pueden ser copropietarios de una embarcación registrada en las Islas Caimán si un propietario que reúne los requisitos posee la participación mayoritaria de la embarcación. Por consiguiente, una persona que no reúna los requisitos establecidos anteriormente puede poseer hasta 31 de las 64 acciones de una embarcación (de manera individual o colectiva).
Compañías y entidades marítimas
¿Quién puede registrar una embarcación?
Una compañía o una entidad marítima constituida en las Islas Caimán o en un país de la Unión Europea (UE) o el Área Económica Europea (AEE) o un país que se incluya en el Tercer anexo de las normas de blanqueo de capitales de las Islas Caimán, incluidas sus dependencias de ultramar. Consulte la lista de países que reúnen los requisitos.
Las compañías constituidas en otros países (y que no reúnan los requisitos anteriores), pero que estén registradas en las Islas Caimán como compañías extranjeras y tengan domicilio comercial en las Islas Caimán también pueden reunir los requisitos para poseer embarcaciones registradas bajo la bandera de las Islas Caimán. Por domicilio comercial, se entiende el lugar donde generalmente se llevan a cabo las reuniones de los directores de la entidad jurídica.
Asociaciones
Una entidad marítima incluye las siguientes opciones –
- una asociación y una sociedad limitada, tal como se define en la Ley de Sociedades de las Islas Caimán
- una sociedad limitada exenta, tal como se define en la Ley de Sociedades Limitadas Exentas de las Islas Caimán
- su equivalente si está constituida en otros países que reúnen los requisitos o sus países, territorios y dependencias de ultramar
Compañías
Existen cuatro tipos básicos de registro para las compañías en virtud de la Ley de (Control de) Compañías Locales o la Ley de Compañías -
- compañía residente (compañía local de las Islas Caimán)
- compañía no residente
- compañías exentas: transferencias por continuación, compañía exenta de duración limitada, compañía con cartera separada
- compañía extranjera
Constitución
El Registro General de las Islas Caimán es responsable del registro de personas jurídicas y otras entidades de titularidad en las Islas Caimán.
Representante local (Islas Caimán)
Si el propietario de la embarcación (individuo/copropietarios o compañía/entidad) no es residente o no está constituido en las Islas Caimán, se debe designar a un representante que sea residente para que actúe en nombre de los propietarios en asuntos dentro de las Islas Caimán. Esta designación debe hacerse antes de presentar la solicitud de registro de la embarcación en las Islas Caimán. Existen diversos proveedores de servicios marítimos que ofrecen este servicio en las Islas Caimán.